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1 de agosto de 2026

Reglamento de IA de la UE, art. 50: ¿su chatbot debe declararse como IA?

Desde el 2 de agosto de 2026 está en vigor el artículo 50 del Reglamento (UE) 2024/1689 (el Reglamento de IA): las llamadas obligaciones de transparencia. Para la mayoría de las pymes que usan un chatbot o un asistente de voz, cambia algo muy concreto: la persona al otro lado debe poder saber que está hablando con una IA.

En la práctica esto significa que su chatbot debe declararse como IA al inicio de la conversación, no escondido en los términos y condiciones, sino en la propia conversación. Lo mismo se aplica a los asistentes de voz: el aviso debe pronunciarse en voz alta, no solo aparecer escrito en algún sitio.

Las imágenes, vídeos o contenidos de audio generados por IA están sujetos a una obligación similar: deben marcarse como generados artificialmente de forma legible por máquina. En el caso de los deepfakes, se exige una etiqueta aún más clara y perceptible para las personas.

Lo que todavía no se aplica: las obligaciones más estrictas para los sistemas de IA de alto riesgo (Anexo III) se han pospuesto a diciembre de 2027 mediante el Digital Omnibus (UE) 2026/1744. Para la gran mayoría de chatbots y asistentes en pymes, eso no aplicaría de todos modos — pero la obligación de transparencia del art. 50 sí, y aplica ya.

En nuestro propio asistente de IA, este aviso está integrado y no se puede desactivar: no es un extra, es la configuración por defecto.

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